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Patentes de Alcoholes
Primera Etapa

REQUISITOS SOLICITUD PREVIA PATENTE ALCOHOL NUEVA O TRASLADO PATENTE: Solicitar Formulario de Solicitud en Módulo de Informaciones..

PRIMERA ETAPA 

a- Fotocopia Cédula Identidad del Solicitante, si este fuere una persona Natural. 

b- Fotocopia de la escritura de Constitución de Sociedad, de sus modificaciones, extractos, publicaciones en el Diario Oficial, certificado de vigencia del Conservador de Bienes Raíces y fotocopia de la Cédula Nacional de Identidad de los socios personas naturales y de los miembros del Directorio. 

c- Declaración Jurada Notarial de no encontrarse dentro de los casos que señala el artículo 4º ley 19.925. Esta declaración deberá prestarse asimismo por los socios personas naturales y por los miembros del directorio. 

d- Documento que acredite el título que posee o poseerá para ocupar el inmueble donde funcionará el establecimiento. 

e- Fotografías del establecimiento que pretende utilizar, pre proyecto arquitectónico o croquis si el solicitante pretende construir, ampliar o refaccionar un local o vivienda o usar parte de una vivienda destinada a habitación. 

f- Certificado de Antecedentes.


Segunda Etapa

SEGUNDA ETAPA

Una vez recepcionados la solicitud Previa, el Departamento de Ventanilla Única remitirá los antecedentes al Depto. de Vigilancia Comunitaria, quienes deberán cumplir con los siguientes pasos:

a- Visita de Inspectores a terreno para verificar que el local no se ubicará a menos de 100 metros de establecimientos de Educación, de salud o penitenciarios, recintos militares o policiales, de terminales y garitas de la movilización colectiva. Si el local se ubicara a menos de 100 metros, la solicitud no sigue su curso, devolviéndose al Depto. de Ventanilla Única.

b- Solicitud de Informe Factor de Riesgo a la 50ª Comisaría de San Joaquín, por intermedio de un Ordinario dirigido al Mayor, indicando nombre y Cédula Nacional de Identidad del solicitante, dirección del local y tipo de Patente que se solicita. El plazo de respuesta que tiene Carabineros de Chile es de 30 días corridos. Si no existiera respuesta por parte de Carabineros se procederá sin este trámite (Art. 8 Ley 19.925 y art. 4º Ordenanza local de Alcoholes).

c- Solicitud de pronunciamiento a la Junta de Vecinos donde se instalará el local, por intermedio de carta dirigida al Presidente de la Junta de Vecinos para que efectúe asamblea extraordinaria (este trámite es realizado por la municipalidad). El Informe deberá ser suscrito por el Presidente y por lo menos un Director de la Organización, previa decisión de la mayoría simple de los vecinos que asistan a la asamblea, adjuntando al Informe el acta de la sesión firmada por los vecinos asistentes (Nombre, C.I., Firma). El plazo para emitir el informe es de 30 días corridos. Cumplido el plazo, y no hubiera informe, la solicitud seguirá su curso, previa certificación del jefe de Inspecciones (Art. 5º Ordenanza Local de Alcoholes). ipsum dolor sit amet

Tercera Etapa

TERCERA ETAPA

Una vez recepcionados los antecedentes de las Juntas de Vecinos y Carabineros de Chile, o bien, cumpliéndose el plazo de los 30 días corridos, estos deberán ser enviados al Alcalde, quién los remitirá al Concejo Municipal por intermedio del Secretario Municipal, instancia en que los Concejales determinarán si la solicitud continúa su tramitación o será rechazada de plano.

Si el Concejo rechaza la solicitud esta debe ser fundada y notificada al contribuyente mediante Decreto Alcaldicio.

Si el Concejo aprueba la tramitación, la notificación al contribuyente deberá realizarse a través de un Certificado emitido por el Secretario Municipal. (En este caso al momento de ser notificado por el Departamento de Vigilancia Comunitaria se entregara listado con los documentos que debe presentar en el departamento de Ventanilla Única)

El Departamento de Vigilancia Comunitaria será el responsable de informar al Solicitante del estado de su solicitud.

Cuarta Etapa

CUARTA ETAPA:

Solicitud previa aprobada por el Alcalde y Concejo Municipal: El contribuyente deberá presentar en Ventanilla Única la solicitud de Patente o bien, solicitud de traslado con la documentación. LEY N°. 19.925LEY SOBRE EXPENDIO Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS

Artículo 4º.- No podrá concederse autorización para la venta de bebidas alcohólicas a las siguientes personas:

1.- Los miembros del Congreso Nacional, Intendentes, Gobernadores, alcaldes y miembros de los Tribunales de Justicia;

2.- Los empleados o funcionarios fiscales o municipales;

3.- Los que hayan sido condenados por crímenes o simples delitos;

4.- Los dueños o administradores de negocios que hubieren sido clausurados definitivamente;

5.- Los consejeros regionales y los concejales, y

6.- Los menores de dieciocho años.

A los clubes, centros o círculos sociales con personalidad jurídica sólo podrá otorgársele patente para el expendio de bebidas alcohólicas, con informe anual favorable de la respectiva Prefectura de Carabineros.

Artículo 8º.- La municipalidad determinará, en su respectivo plano regulador, o a través de ordenanza municipal, las zonas de su territorio en las que podrán instalarse establecimientos clasificados en las letras D), E) y O) del artículo 3º y locales que expendan bebidas alcohólicas para ser consumidas fuera del respectivo local. Sin perjuicio de ello, no concederá patentes, para que funcionen en conjuntos habitacionales, a aquellos establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas que determine mediante ordenanza municipal. Tampoco se concederá patentes para el funcionamiento de alguno de los establecimientos indicados en el inciso primero, que estén ubicados a menos de cien metros de establecimientos de educación, de salud o penitenciarios, de recintos militares o policiales, de terminales y garitas de la movilización colectiva. La municipalidad podrá excluir de esta prohibición a los hoteles o restaurantes de turismo. La distancia se medirá entre los extremos más próximos de los respectivos establecimientos, tomando la línea de acceso principal más corta, por aceras, calles y espacios de uso público.

Solicitud de Patentes de Alcoholes

SOLICITUD PATENTE DE ALCOHOL

Solicitar Formulario de Solicitud en modulo Informaciones.

Antecedentes:

1.- Certificado aprobación Honorable Concejo Municipal.

2.- Informe Técnico.

3.- Fotocopia Cédula Nacional de Identidad del solicitante (De cada uno de los socios o directores si fuese Persona Jurídica y de todos los herederos si se tratase de una Sucesión).

4.- Certificado de Antecedentes emitido por el Servicio Registro Civil e Identificación (En caso de tratarse de Personas Jurídicas, de cada uno de las personas que componen la sociedad o el directorio y de todos los herederos si se tratase de una Sucesión).

5.- Declaración Jurada Notarial de no encontrarse afecto a las inhabilidades que indica el art. 4º de la Ley 19.925 (En caso de tratarse de Personas Jurídicas, de cada uno de las personas que componen la sociedad o el directorio y de todos los herederos si se tratase de una Sucesión)

6.- Fotocopia de Escritura de Constitución de Sociedad, modificaciones, inscripción y extracto de publicación en el Diario Oficial

7.- Iniciación de Actividades Servicio Impuestos Internos (S.I.I.)

8.- Documento “Mis datos” del SII (Internet)

9.- Certificado de Inscripción del Servicio Agrícola y Ganadero (S.A.G.)

10.-Certificado para apertura sucursal de la comuna Casa Matriz (cuando corresponda)

11.- Certificado de no deuda en caso de cambio de domicilio Art. Nº 29 Ley de Rentas (cuando corresponda)

Transferencias de Patentes de Alcoholes

TRANSFERENCIA PATENTE DE ALCOHOL

Solicitar Formulario de Solicitud en modulo Informaciones.

Antecedentes:

1.- Informe Técnico.

2.- Contrato de compra- venta Notarial o Cesión de derechos.

3.- Fotocopia Cédula de Identidad solicitante y vendedor (RUT empresa cuando corresponda).

4.- Constitución de sociedad y las modificaciones si existieren, sesión de Directorio para acreditar poderes del Representante Legal si es Sociedad Anónima (cuando corresponda).

5.- Extracto y Publicación de los mismos en el Diario Oficial (cuando corresponda)

6.- Documento “Mis datos” del SII (Internet)

7.- Fotocopia Patente al día

8.- Contrato de arriendo del local o acreditación propiedad

9.- Iniciación actividades SAG

10.- Declaración Jurada Notarial Art. N° 4 ley de alcoholes (vigencia máxima 1 mes).

11.- Certificado de Antecedentes (vigencia máxima 1 mes)

Eliminación de Patentes de Alcoholes

ELIMINACIÓN DE PATENTE DE ALCOHOL

Solicitar Formulario de Solicitud en modulo Informaciones.

Antecedentes:

1.- Fotocopia Cédula de Identidad Titular o del (los) representante (s) Legal (es) (cuando corresponda)

2.- RUT empresa (cuando corresponda)

3.- Fotocopia legalizada del Acta de nombramiento del (los) Representante (s) Legal (es). Esta debe indicar claramente el Nombre del (los) Representante (s) y sus atribuciones y poderes (cuando corresponda)

4.- Comprobante de pago de la patente