EXENCIÓN DEL DERECHO DE ASEO DOMICILIARIO
El Artículo Nº7 de la Ordenanza de Derechos vigente, considera la posibilidad de postular a rebaja o exención de este pago, la que una vez aprobada tendrá una vigencia de tres años calendarios
A quién va dirigido:
Al propietario, cónyuge, conviviente civil, y/o el integrante directo o consanguíneo de su grupo familiar siempre que habite la vivienda y no sea dueño de otra propiedad o de un establecimiento comercial
Contacto - Consultas:
Secretaría DIDESO: Esmeralda Ramírez
Correo Electrónico: esmeraldaramirez@sanjoaquin.cl
Teléfono: 22 810 8303