El 4 de
septiembre es el plebiscito de salida, donde la ciudadanía deberá decidir si
aprueba o rechaza la propuesta de nueva Constitución elaborada por la
Convención Constitucional. Esta votación es de carácter obligatoria para los
mayores de 18 años.
Los
electores/as que no acudan a sufragar ese día, arriesgan multas que van desde
0,5 UTM (Unidad Tributaria Mensual) a 3 UTM, entre $29.000 y 176 mil pesos
aproximadamente.
¿Cuáles
son las razones válidas para excusarse de votar en el plebiscito?
La ley
establece 4 causales para evitar la multa:
° Padecer
alguna enfermedad que le impida acudir a votar
° Ausencia
del país
° Encontrarse
el día del plebiscito en un lugar situado a más de 200 kilómetros de su
domicilio electoral
° Impedimento
grave que le impida acudir a votar
Si una
persona no asiste a votar ese día, el director del Servicio Electoral deberá
denunciar a estos ciudadanos/as dentro del plazo de un año, los que serán citados
por el juez de Policía Local que corresponda a su domicilio electoral. Es ahí
donde se deben presentar los respectivos documentos que acrediten las razones
de su ausencia, y será el Juez quien decidirá si multar o no al elector o
electora.
El único
trámite que se puede hacer en Carabineros es el de reportar que se está a más
de 200 kilómetros del lugar en que debería votar, asistiendo personalmente a
una comisaría el mismo día de la elección.
¿Puedo ir
a votar si mi cédula de identidad está vencida?
° Las
personas podrán votar con cédula de identidad o pasaporte vencidos desde el 1
de octubre del año 2019.
° No se
podrá votar si presenta fotocopia, impresión o comprobante de renovación del
carnet o pasaporte.
¿Qué
necesitas para votar el 4 de septiembre?
Carnet o
pasaporte
Lápiz pasta
azul
Mascarilla
Alcohol
gel
Recuerda que
el SERVEL ha realizado modificaciones a los lugares de votación. Revisa acá cual
te corresponde: